COMUNICADO EMAPA

ACLARACIÓN RESPECTO A PRONUNCIAMIENTO DEL FRECIDES

Las Gerencias de la EPS EMAPA SAN MARTIN S.A., manifiestan su preocupación e indignación respecto a los pronunciamientos emitidos por el Frente Cívico de Defensa y Desarrollo de San Martín – FRECIDES y asimismo a fin de desmentir lo señalado en su contenido, aclara lo siguiente:

  1. Respecto a la problemática y facturación del servicio de saneamiento por más de 10 años.

Manifestar que la EPS ingresó al Régimen de Apoyo Transitorio por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, en diciembre del año 2015, justamente por tener problemas críticos (insolvencia económico financiera, debido a la deuda del Ute Fonavi de alrededor de 35 millones de soles) que amenazaban con el embargo a las cuentas de la EPS, problemas económicos que ponían en riesgo la adecuada prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado, todo ello producto de malas decisiones políticas de los miembros de la Junta General de Accionistas (alcaldes de las localidades del ámbito de la empresa) que conllevaron a no cumplir con la obligación de pago de la deuda (lo cual se observó en 17 años de resultados negativos o pérdidas reflejados en los Estados Financieros de los años 1999 al 2015), habiéndose recién realizado pagos voluntarios desde mayo del 2012.

Respecto a problemas en la facturación, señalar que existen procedimientos establecidos en la norma, para efectuar los reclamos en la vía administrativa (EPS en primera instancia y SUNASS en segunda instancia), así como la opción de la vía judicial en caso de no estar de acuerdo con los resultados de su reclamo.

Por otro lado, a fin de evitar errores humanos (voluntarios o no), la empresa ha implementado mejoras en el sistema comercial, como es la lectura de los medidores con fotografías en forma mensual, cuya información es cargada directamente y en tiempo real al sistema comercial para la emisión de los recibos de pago, que puede ser consultada a través de la página web de la empresa, renovación de un porcentaje de medidores con antigüedad mayor a 5 años, actualización dinámica catastral, call center y atención mediante una oficina virtual; todo ello con la finalidad de mejorar la atención y efectuar un cobro justo y transparente al usuario, evitando cualquier manipulación en los datos.

  1. Realizar labor de complacencia con las deficiencias que se observan en la ejecución de los proyectos de inversión para mejorar la oferta hídrica del servicio de agua potable como es el megaproyecto que lleva una duración de casi 10 años.

Expresar nuestro rechazo total a esta aseveración, lo cual está sustentado en los documentos emitidos desde el año 2014 en los cuales se observó el estudio formulado por el Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo – PEHCBM.

No se levantó las observaciones planteadas por la EPS, y de la evaluación realizada y comunicada el año 2017 tanto a la Municipalidad Provincial de San Martín – MPSM y PEHCBM (entidades que mediante convenio definieron a la encargada de la formulación del estudio), la EPS EMAPA SAN MARTIN S.A. no contaría con las condiciones favorables para asumir los costos de operación y mantenimiento derivados del estudio de pre inversión presentado, que para el componente de agua potable tenía una tarifa estimada de entre S/ 2.25 por m3 a S/ 3.50 por m3, monto variable según el tiempo de operación del sistema por bombeo considerado del río Mayo, que no garantizaría la sostenibilidad del proyecto debido su incidencia directa en el incremento de las tarifas de agua potable perjudicando a la población de Tarapoto, Morales y La Banda de Shilcayo. Por lo cual dicho estudio se encuentra a la fecha en la situación de desactivado permanente en el Banco de Proyectos, lo cual es ajeno a la responsabilidad de la EPS.

Respecto a la contaminación de los ríos con aguas residuales, cabe señalar que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha efectuado el estudio de pre inversión “Creación de los servicios de Tratamiento de Aguas Residuales para disposición final en el distrito de San José de Sisa de la provincia de El Dorado y en los distritos de Tarapoto, La Banda de Shilcayo y Morales de la provincia de San Martín – departamento de San Martín”, con CUI 2470012 el cual se encuentra en estado y situación VIABLE desde el 04.02.2022, estudio que pretende solucionar el problema de contaminación de los ríos por vertimiento de aguas residuales, existente desde inicio de operaciones de la empresa.

Asimismo, informar que con la participación de funcionarios de la Dirección Regional de Vivienda de San Martín y actual gestión del PEHCBM se ha retomado la formulación de los estudios del megaproyecto, lo cual es de conocimiento de los alcaldes de la Provincia de San Martín, y distritales de Morales y La Banda de Shilcayo, y a los que se solicita su colaboración activa a fin de dar la celeridad correspondiente y poder contar a la brevedad con un estudio acorde a la realidad y necesidad de la Sede Central de la empresa (Tarapoto, Morales y La Banda de Shilcayo) que en los últimos años ha tenido un crecimiento poblacional vertiginoso en especial en la parte periférica de las ciudades mencionadas, que no pueden ser atendidas adecuadamente con los sistemas existentes y que según la normatividad vigente el cierre de brechas de los servicios es responsabilidad de las autoridades municipales (art 10 numeral 10.1 literal 2 del TUO del Reglamento del Decreto Legislativo 1280) y la EPS no cuenta con tarifa aprobada para asumir estas inversiones.

  1. Se observa complacencia en las deficiencias en la ejecución de la obra Cachiyacu II, que tiene una antigüedad de aproximadamente 05 años y a la fecha no concluye y cuenta con serias deficiencias técnicas que no garantizan la sostenibilidad del proyecto

Como se ha informado en reiteradas oportunidades, la obra Cachiyacu II fue formulada y viene siendo ejecutada y supervisada por la Municipalidad Provincial de San Martín, de acuerdo al Convenio N° 562-2017-VIVIENDA/VMCS/PNSU. La EPS fue incorporada en el convenio a través de una adenda al mismo, para realizar acciones de coordinación, debido a que finalmente será la encargada de la operación y mantenimiento de la infraestructura luego de su transferencia, la cual debe efectuarse posterior a la recepción de dicha obra por parte de la Municipalidad, previa evaluación técnica y financiera por parte de la EPS.

En mérito a las obligaciones señaladas en la adenda del convenio, la EPS ha alertado y remitido observaciones y/o recomendaciones a la MPSM, MVCS-PNSU, Centro de Atención al Ciudadano de San Martín y OCI de la EPS, entre las cuales se encuentra lo concerniente a las deficiencias en las estructuras del reservorio y lecho de secados en construcción, con lo cual se refuta lo manifestado por el FRECIDES.

  1. Informar con prioridad a los usuarios de los servicios y a las autoridades que corresponda sobre las características, planes y obras, así como las variaciones en las condiciones de prestación con suficiente antelación si estas afectan o pueden afectar las condiciones de calidad de la prestación de los servicios, como ha sucedido en las obras Cachiyacu II y megaproyecto.

La empresa viene cumpliendo con lo indicado ante los entes correspondientes, teniendo que respecto a los estudios Megaproyecto y Cachiyacu II se ha remitido información con las observaciones y/o recomendaciones a la MPSM, PEHCBM, Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU e inclusive al Órgano de Control Institucional de la empresa, para su conocimiento y acciones según corresponda.

Asimismo, respecto a los planes y obras se ha tenido reuniones informativas en cuanto a lo considerado en el estudio tarifario con las autoridades del ámbito de la EPS, así como también con dirigentes del FRECIDES y medios de comunicación, inclusive antes de la audiencia pública efectuada por SUNASS.

En cuanto a situaciones que afectan la prestación del servicio, éstos son comunicados a través de los medios de comunicación y redes sociales, en la medida que son hechos de conocimiento de la Oficina de Imagen Corporativa y Gestión Social de la empresa, siendo muchos de ellos no programados o imprevisibles, lo cual complica la oportunidad para que los usuarios adopten acciones de almacenamiento del líquido elemento mientras se soluciona la causa que originó el desabastecimiento (elevada turbiedad, rotura de tuberías, etc).

Producto de las acciones realizadas desde el inicio del Régimen de Apoyo Transitorio con el OTASS se ha mejorado la eficiencia y operatividad de los sistemas de agua potable y alcantarillado, lo cual está reflejado en un incremento de la continuidad de 11 a 16 horas en promedio a nivel de EPS, con la instalación de las Plantas de Agua Potable de Morales y Bellavista (donadas por la Cooperación suiza SECO), implementación de programas de detección y reparación de fugas con personal especializado de la EPS, contando también con mayor número de cisternas para atención en casos de desabastecimiento, disminución de los atoros de desagüe para lo cual se cuenta a la fecha con maquinaria propia para la limpieza de colectores,  se ha realizado capacitación al personal operativo (certificación de competencias laborales) y también con recursos propios se viene ejecutando a la fecha la instalación de una Planta de Tratamiento para la localidad de San José de Sisa.

Se ha mejorado sustancialmente la parte financiera desde inicio del RAT, obteniendo resultados positivos en los Estados Financieros los años 2016 a 2021, luego de 17 años en pérdidas.

  1. Respecto a la atención con el servicio a la población ubicada en la periferie de la ciudad y ampliaciones urbanas que no tienen acceso a la red ni al servicio de agua potable y alcantarillado

Como se ha señalado en el punto 2, la atención de la prestación del servicio en la parte periférica de las ciudades de Tarapoto, Morales y La Banda de Shilcayo, que no pueden ser atendidas adecuadamente con los sistemas existentes, según la normatividad vigente es responsabilidad de las autoridades municipales (art 10 numeral 10.1 literal 2 del TUO del Reglamento del Decreto Legislativo 1280), en ese sentido la EPS viene coordinando con las autoridades de las Municipalidades Distritales de Morales y La Banda de Shilcayo, quienes han formulado estudios de pre inversión para el cierre de brechas, habiendo emitido opinión técnica favorable de los siguientes estudios:

  • MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO EN 13 AA. VV DEL DISTRITO DE LA BANDA DE SHILCAYO – PROVINCIA DE SAN MARTIN – DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN. CUI 2483010.
  • CREACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE 25 SECTORES AL MARGEN DERECHO DEL RIO CUMBAZA EN EL DISTRITO DE MORALES – PROVINCIA DE SAN MARTIN – DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN. CUI 2487565.

Somos conscientes que el problema que aún no se soluciona en nuestra empresa, es el aspecto remunerativo que afecta a todos los trabajadores, quienes perciben sueldos desfasados y no acordes al grado de responsabilidad de sus labores en un servicio básico muy ligado a la salud y bienestar de la población, sin embargo, es necesario precisar que la aprobación de escalas remunerativas no depende directamente de las gerencias sino que corresponde ser normadas por el Poder Legislativo y aprobadas por el Poder Ejecutivo (Ministerio de Economía y Finanzas) para su implementación en todas las EPS del Perú. Las Gerencias de la EPS, con el acompañamiento de OTASS y el soporte de gran parte del personal de la empresa ha obtenido resultados positivos en los estados financieros de los últimos 6 años, habiendo realizado incluso por este motivo, pago de utilidades a todos los trabajadores durante esos años.

Finalmente, hacemos pública nuestra indignación por cuanto estas organizaciones (FRECIDES y Rondas Campesinas) vienen siendo utilizadas para intereses particulares, lo cual se trasluce en comunicados que incluyen supuestas acciones validadas por la Policía Nacional del Perú, para que ingresen a las instalaciones de la entidad, lo cual supone un hecho que tiene connotación penal, y que es la comisión de un delito, las cuales han sido puestas en conocimiento de la Fiscalía de Prevención del Delito, así como se han solicitado las garantías, al haberse realizado amenazas veladas a nuestra integridad. Queda demostrado que nuestro actuar como funcionarios públicos es probo y en custodia de la institución de servicio básico que representamos, en ese sentido, se ha venido realizando acciones de orden interno ante situaciones comprobadas por las que se efectuó las denuncias y procedimientos administrativos disciplinarios, que se detallan a continuación:

DENUNCIAS REALIZADAS

  1. Denuncia ante la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Carpeta Fiscal 158-2019), por presunta comisión de delito de cohecho activo genérico, en la cual estarían en calidad de investigados más de 80 trabajadores de la empresa, dentro de los cuales figura el ex secretario general del SITAPASAM.
  2. Denuncia ante la Fiscalía Provincial Corporativa especializada en delitos de corrupción de funcionarios (16.12.2021), por la presunta comisión de delitos contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada y de manera alternativa el delito de negociación incompatible, respecto al proceso de selección de una supervisión de obra en la cual es presidente del comité de selección el actual secretario general del SITAPASAM.
  3. Denuncia ante la Fiscalía Provincial Corporativa especializada en delitos de corrupción de funcionarios – sede Juanjui (Carpeta Fiscal 70-2021), por presunta comisión de delito de peculado doloso por apropiación y otro, en la cual se encuentran siendo investigados trabajadores de la empresa.

PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS

  1. Despido de trabajadores por haber sido sentenciados por delito doloso (Carta N° 432 y 433-2020-EMAPA-SM-SA-GG del 27.05.2020.
  2. Medida Disciplinaria de Suspensión sin goce de haberes por 10 días, por incumplimiento injustificado del horario y jornada de trabajo a trabajador de la EPS (Resolución del Órgano Sancionador N° 001-2020-EMAPA-SM-SA-GG-GAF-O.RR.HH del 28.09.2020).
  3. Despido de trabajador por quebrantamiento de la buena fe laboral (recibió suma de dinero para efectuar instalación de conexión clandestina), comunicado mediante Carta N° 110-2021-EMAPA-SM-SA-GG del 29.01.2021.
  4. Medida Disciplinaria de Suspensión sin goce de haberes por 02 meses, por uso de documento falso. (Resolución del Órgano Sancionador N° 001-2020-EMAPA-SM-SA-GG-GAF-O.RR.HH-PAD del 12.02.2021).
  5. Despido de trabajadores por quebrantamiento de la buena fe laboral (sustracción de bienes de la empresa), comunicado mediante Cartas N° 648, 649 y 650-2021-EMAPA-SM-SA-GG del 16.09.2021.
  6. Despido de trabajador por quebrantamiento de la buena fe laboral (recibió suma de dinero para efectuar instalación de conexión clandestina), comunicado mediante Carta N° 868-2021-EMAPA-SM-SA-GG del 10.12.2021.

OTRO HECHOS PRESENTADOS

Durante la movilización efectuada por el FRECIDES el día 03.03.2022 (huelga de 24 horas acatada por un grupo de trabajadores de la empresa), la misma que fue declarada improcedente por la Dirección Regional de Trabajo de San Martín mediante Resolución Directoral N° 005-2022-GRSM/DPSCLDFT de fecha 28.02.2022; se han suscitado hechos de presunta manipulación de las llaves termo magnéticas situadas en las instalaciones de la Planta de Tratamiento de agua potable de la Sede Central, que perjudicaron el funcionamiento correcto del sistema de video vigilancia; así como el tratamiento y la producción de agua potable de los Sistemas Cachiyacu y Shilcayo, al no funcionar los dosificadores de sulfato de aluminio por aproximadamente 30 a 40 minutos, lo cual afectó la normal prestación del servicio a la población, siendo materia de investigación interna para determinar responsabilidades administrativas, y para la implementación de las acciones penales correspondientes.

Los funcionarios de la EPS EMAPA SAN MARTÍN S.A siempre estaremos atentos a establecer todos los canales de comunicación y diálogo con la Sociedad Civil Organizada de la ciudad de Tarapoto y demás localidades de su ámbito, tal como se ha venido realizando siempre.

LAS GERENCIAS DE EMAPA SAN MARTIN S.A.

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