Continuando con su labor de implementar centrales de información del sector seguros, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha publicado un proyecto de circular que establece los requerimientos de información para la implementación de una central de riesgos de siniestralidad, derivada de los accidentes de tránsito, cubiertos con el certificado contra accidentes de tránsito (CAT), que emitan las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (Afocat).
Esta Central de Riesgos CAT estará a cargo de la SBS y se constituirá en una herramienta que contribuirá a su labor de supervisión y fiscalización, a efectos de que los índices de siniestralidad reflejen adecuadamente el costo de los siniestros ocurridos, de forma similar a la central de riesgo SOAT y vehicular. Adicionalmente, esta iniciativa permitirá a los usuarios y al público en general conocer a los conductores (tomadores del CAT) y a los vehículos que prestan el servicio de transporte público, en función de su siniestralidad, generando con ello un mayor compromiso y disciplina en los conductores del transporte público.
El proyecto de circular establece los formatos de información y las instrucciones para el ingreso de la información en las bases de datos que permitan la implementación de esta central de riesgos. Así, se establecen los siguientes requerimientos de información: reporte de emisión, reporte de siniestros derivados de accidentes de tránsito, reporte de certificados duplicados y reporte de certificados anulados sin emisión.
Las Afocat deberán registrar y suministrar la información requerida mensualmente, para lo cual tendrán que contar con la infraestructura tecnológica (sistema informático) y procedimientos internos que permitan garantizar que los datos reportados sean consistentes, correctos y completos.
El proyecto ha sido elaborado considerando el artículo 43 del Reglamento de supervisión de las Afocat y de funcionamiento de la central de riesgos de siniestralidad derivadas de accidentes de tránsito (Decreto Supremo N° 040-2006-MTC y sus modificatorias). Asimismo, se debe indicar que estará disponible en el portal de la SBS (www.sbs.gob.pe), para recibir comentarios y sugerencias, hasta el 24 de marzo. (rrpp)
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