EL DIVÁN : REVOCATORIAS EN MARCHA EN SAN MARTÍN

Este año 2021 de acuerdo con el número kits electorales adquiridos para la recolección de firmas de adherentes para promover la revocatoria de sus autoridades del ámbito municipal, suman un número de 10 para autoridades provinciales entre las que podemos mencionar SAN MARTÍN, PICOTA, BELLAVISTA y distritales están PINTO RECODO, PAPAPLAYA, PISCOYACU, CAMPANILLA, PILLUANA, PUCACACA, LA HABANA y CUÑUNBUQUI (cuyo proceso está en marcha y aun no figura en la data de la ONPE), a ellos se suman 19 solicitudes de revocatoria a igual número de regidores, seguramente generando desconcierto en la autoridades en funciones.

No hay que olvidar que el Congreso de la República en abril de 2015 eliminó la continua realización de nuevas elecciones de autoridades para reemplazar a las revocadas y, además, estableció que las revocadas sean reemplazadas por los accesitarios o suplentes. Asimismo, se fijó que los promotores de revocatoria deben fundamentar sus solicitudes, y exige que tanto promotores y autoridades rindan cuenta de los recursos que financien sus campañas.

Así, estos cambios –impulsados por el Sistema Electoral – evitan que la revocatoria, cuya naturaleza es estar al servicio de la población, sea utilizada por intereses ajenos al control ciudadano, cosa que no siempre suele darse y más de uno califica la misma de venganza política.

¿PERO PORQUE SE DA ESTA FIGURA?

Aunque suena a disco rayado usando una metáfora del tiempo de las abuelas, LOS POLÍTICOS TERMINAN CASI SIEMPRE POR OLVIDAR QUE NOSOTROS LOS CIUDADANOS LOS ELEGIMOS PARA QUE ACTÚEN EN REPRESENTACIÓN NUESTRA, sin embargo una vez llegan al poder suelen comportarse más movidos por su propio bienestar, pues PASADO EL SEGUNDO AÑO DE LAS ACTUALES GESTIONES MUNICIPALES, EL DESENCANTO PARECE CONVERTIRSE EN LA CONSTANTE DE QUIENES FUERON ELEGIDOS POR EL VOTO POPULAR.

Es bueno recordar también que resulta imposible pensar que quien asume la responsabilidad de conducir los destinos de una determinada jurisdicción tiene la varita mágica para desaparecer todos sus problemas y que se arrastran por años, ES BUENO RECORDAR QUE QUIEN PRETENDE Y LOGRAR SER ELEGIDO COMO TAL, ES PORQUE PRIMERO, SE SIENTE CAPAZ DE SUPERARLOS Y SEGUNDO POSEE MÍNIMAMENTE UN PLAN DE ACCIÓN PARA PONERLO EN MARCHA Y HACERNOS SENTIR DESDE EL COMIENZO QUE ELEGIMOS AL CORRECTO E INDICADO.

Pero al parecer el tiempo pasa y nada de las expectativas de la población son satisfechas y muy por el contrario pareciera que son más de lo mismo, es allí donde empiezan los verdaderos problemas, tanto para quien nos gobierna, como para nosotros los gobernados, es cuando se comienza a gestar aquello de hacer uso de las armas que nos da la democracia, desde REVOCATORIA o VACANCIA, ¿pero qué significan estos términos? veamos.

REVOCATORIA:

Se entiende por revocatoria al proceso de elecciones en el que el ciudadano participa directamente, con su voto, para separar de sus cargos a las autoridades regionales, municipales provinciales o distritales que eligió. Pueden ser objeto de revocación las siguientes autoridades: Alcaldes y regidores provinciales.

La CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA es el DERECHO QUE POSEE EL CIUDADANO DE REMOVER DEL CARGO A UNA AUTORIDAD ANTES QUE TERMINE EL TIEMPO DE MANDATO PARA EL CUAL FUE ELEGIDO, es un mecanismo de control ciudadano que permite poner fin al mandato reiteramos de una autoridad que fue electa por el voto popular en nuestros país como dato referencial les diremos que DESDE 1997 AÑO EN QUE SE REALIZÓ LA PRIMERA CONSULTA POPULAR DE ESTA NATURALEZA, se han sometido a escrutinio popular un total de 1124 alcaldes y 4180 regidores, en procesos de revocatoria puestos en marcha, SAN MARTÍN APARECE EN LA LISTA CON AUTORIDADES REVOCADAS.

VACANCIA:

Las causales de vacancia están claramente previstas en el artículo 22° y 11° de la Ley Orgánica de Municipalidades, y contempla como causales: la muerte, asunción de otro cargo proveniente de mandato popular, enfermedad o limitación física permanente que impida el desempeño normal de las funciones de las autoridades ediles.

Así también, la ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de 30 días consecutivos sin autorización del concejo y cambio de domicilio fuera de la  jurisdicción municipal. No se considera cambio de domicilio el señalamiento de más de un domicilio, siempre que uno de ellos se mantenga dentro de la circunscripción territorial.

Son también causales de vacancia la condena consentida o ejecutoriada por un delito doloso con pena privativa de la libertad, inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, nepotismo.

PARA TERMINAR:

Aun cuando puede no resultar tema del agrado de muchas de nuestras autoridades en funciones e incluso podría interpretarse que estamos alimentando para que cualquier interesado empiece a pensar seriamente poner en marcha el CONTROL CIUDADANO hay que recordarles una vez más que LAS AUTORIDADES SEAN MUNICIPALES O REGIONALES ESTÁN DONDE ESTÁN PORQUE HUBO GENTE QUE CREYÓ EN USTEDES, EN SU MENSAJE, EN SUS PROPUESTAS, ESTÁN A TIEMPO DE CAMBIAR DE RUMBO, caso contrario no quedará otra que hacer uso de ese derecho de control ciudadano la REVOCATORIA, salvo mejor parecer… hasta la próxima. (Texto: corregido, actualizado y revisado EL REFUGIO DEL PUMA)

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